Rodrigo Vidal
Imaginen la escena: es tarde de aguacero en Xalapa, la joven embarazada viaja en un taxi sobre la calle Rébsamen. Se dirige a su casa en el fraccionamiento Las Fuentes, pero queda atrapada en un embotellamiento. ¿La razón? La lluvia provocó estragos en el camino y el paso fue cerrado.
Varios vehículos comienzan a dar vuelta y regresar. El taxista, impaciente por el tiempo que llevaban en la fila toma una decisión: bajar a su “cliente” porque la carrera ya no le resulta (40 pesos del centro a Las Fuentes), y dejarla a medio camino no sin antes cobrarle lo equivalente al tramo recorrido.
Comienza el debate. ¿El taxista hizo lo correcto? La respuesta del chofer, como muchos más, sería que sí, porque “el tiempo es dinero”. Si no es el concesionario, perder tanto tiempo en el tráfico significa no obtener ganancia para él mismo y correr el riesgo de no ganar ni lo de la gasolina y ni la cuota para el patrón.
La misma pregunta hecha a un pasajero, que somos la mayoría, quizá arroje una respuesta totalmente diferente.
¿Qué dice al respecto el Reglamento de la Ley de Tránsito y Transporte del Estado de Veracruz? En su artículo 194 establece que se podrá negar el servicio “aún habiendo pagado el boleto”, cuando el pasajero viaje en estado de ebriedad o bajo el influjo de estupefacientes o drogas o que padezcan enfermedad contagiosa (que bien puede ser una gripe común, pero no creo que el embarazo lo sea).
Posteriormente, en el artículo 199 se establece que “cuando se trate de la modalidad de taxi y el conductor detenga la marcha del vehículo a solicitud del usuario, no podrá negarse a solicitar el servicio solicitado” con excepción de lo establecido en el artículo 194.
Es motivo de sanción negarse a otorgar un servicio sin causa justificada y equivale a dos salarios mínimos.
Ahora bien, la Ley de Tránsito y Transporte del Estado de Veracruz, en sus artículos 116 y 117 refiere que el transporte público “es aquel que se presta para satisfacer necesidades colectivas” (ojo, no particulares), y “es de utilidad pública y garantizará el traslado de personas” teniendo por características ser “general, permanente, regular, continuo, seguro y eficiente”.
Artículo 116. El servicio de transporte público es aquel que se presta para satisfacer necesidades colectivas, siendo ofrecido a terceros contra el pago de una retribución; corresponde al Estado proporcionarlo, pudiendo otorgarlo por sí mismo o a través de personas físicas o morales mediante concesión otorgada por el Gobernador del Estado, una vez satisfechos los requisitos establecidos en esta Ley y su Reglamento.
Artículo 117. El servicio de transporte público es de utilidad pública y garantizará el traslado de personas y bienes en las condiciones económicas y sociales más convenientes, debiendo ser general, permanente, regular, continuo, seguro y eficiente, sujeto a la tarifa autorizada de conformidad con esta Ley.
Entiendo pues, que en ningún momento el taxista debió poner como motivo de suspensión del servicio a la mujer embarazada el tráfico provocado por la lluvia. Que el usuario es quien determina el servicio.
Los concesionarios del transporte público, tanto en la modalidad de taxis como de autobuses de pasajeros, dejaron de lado que la concesión otorgada por el Gobierno del Estado es para un bien común antes que un negocio privado, y ese beneficio al usuario es su traslado.
Hoy los concesionarios, y aquellos “postureros” o empleados que subcontratan los concesionarios, han hecho del servicio lo que han querido, ante las narices de las autoridades de la Dirección de Tránsito y Transporte del Estado, por supuesto, con el respaldo de “su” sindicato.
La regla general en ellos es violar la Ley y el Reglamento de Tránsito. Cobran lo que quieren y cuando quieren le aumentan al costo del pasaje. Las calles son suyas, se detiene donde sea, levantan pasaje donde no deben y si quieren dan el servicio a un usuario y sino, no lo dan. Hay algunas ciudades donde existen horarios para cambios de turno de chofer de taxi, y todos coinciden a la misma hora, dejando prácticamente al ciudadano sin servicio.
Con el incremento en el número de taxis, en lugar de mejorar el servicio, empeoró. Ya ni se diga el riesgo y contaminación que representan los autobuses vetustos que aún circulan, pese a las revistas vehiculares de cada año.
El transporte público se ha convertido en negocio privado para beneficio sólo de líderes sindicales, algunos concesionarios y por supuesto para cada una de las delegaciones y la Dirección General de Tránsito y Transporte del Estado, que permite, protege y se beneficia de ello.
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