lunes, 27 de abril de 2009

Aficionados que viven la intensidad de la... pornografía infantil

Zona de Tolerancia

Por Rodrigo Vidal


Esta semana ocurrieron dos sucesos que regresaron el tema de la pederastia y la pornografía infantil al debate. Uno de ellos es la aprobación de la reforma al Código Penal Federal que tipifica a la pederastia como un delito federal –aunque para muchos las sanciones de nueve a 18 años de cárcel, establecidas en la reforma, son irrisorias-; y el otro punto es la detención de la supuesta banda de pederastas, en los que figura un sacerdote católico y su hermano.

El pasado jueves, mientras la Cámara de Diputados aprobaba en comisiones las reformas que tipifican por primera vez el delito de pederastia en el Código Penal Federal, y acordaron la modificación a la Ley de Cultos para inhabilitar a ministros religiosos que incurran en este delito, la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal presentaba a los integrantes de una red “de intercambio de pornografía infantil”.

Se trataba de Luis Alejandro Vergara y Torre, empleado del área de Informática de la Secretaría de Relaciones Exteriores; Miguel Ángel Rodríguez Acosta, de Hidalgo; Miguel Ángel Sánchez García, detenido en Tepeaca, Puebla; Luis Portilla Ramírez, en Los Negritos, Aguascalientes; Edmundo Jesús Martínez Niño, en Mérida, Yucatán; el sacerdote Rafael Muñiz López y su hermano Francisco, detenidos en Xalapa, Veracruz.

La presencia del sacerdote católico, de la parroquia San Pedro Apóstol, ya generó una serie de opiniones que van desde el enjuiciamiento público hasta la defensa a ciegas. Existen puntos de vista que llaman a condenar a este sacerdote y a la jerarquía de la Iglesia Católica, que poco o nada ha hecho por ayudar a resolver los casos comprobados y documentados de pederastía, no sólo en México, sino alrededor del mundo.

Razones hay para pedir justicia en contra quienes abusan sexualmente o disfrutan de ver imágenes de abuso sexual contra menores de edad, y más coraje genera que este abuso lo cometan ministros religiosos aprovechando la imagen que imponen dentro de su grupo de creyentes o fieles. Sin embargo, siguiendo algunos comentarios que se generaron en la red a raíz de la nota de la detención del sacerdote católico, considero que es necesaria la prudencia para no propagar la intolerancia religiosa.

Lo mismo debería ser para aquellos que han hecho la defensa a priori del sacerdote, y lo declaran inocente, sin haber concluido las investigaciones de la PGJ del Distrito Federal. Y no me refiero sólo al grupo de feligreses de la parroquia San Pedro Apóstol que ayer salieron a manifestarse en las calles de Xalapa, la capital de Veracruz, sino, sobre todo, al vocero de la Arquidiócesis, Quintín López, y al mismo subprocurador de Justicia del Estado, Marco Antonio Aguilar Yunes, que negaron tanto el delito como la existencia de redes de pornografía infantil en la entidad.

El Subprocurador aseguró que la detención del sacerdote se debió a una “afición personal” a la pornografía infantil, pero no porque perteneciera a una red de prostitución de menores. “Esta persona que fue detenida es porque las investigaciones salen del Distrito Federal (…) era considerado aficionado a estas fotografías” (?). Entonces, para este funcionario ¿es menos grave ser consumidor de pornografía infantil que operar en una red? ¿qué eso no es parte de la misma red, en donde hay alguien que la hace, otro que la vende y al final está quien la consume? Y eso que se supone que Veracruz es el estado donde “los niños no se tocan” y se aplica “todo el peso de la ley” a quienes abusen de ellos.

Sin duda, ante la lluvia de comentarios –algunos tan estúpidos como el del Subprocurador-, se debe esperar a que la PGJ del Distrito Federal descargue todas las pruebas y determine el grado de responsabilidad de los detenidos y sean enjuiciados.

También daremos seguimiento a la reforma que fue aprobada con los Diputados, pero que será turnada al Senado. Aquí las críticas se han presentado en torno a la pena establecida en la reforma, que establece cárcel de nueve a 18 años para los pederastas, además de la inhabilitación por el mismo tiempo para ocupar cargos públicos y ejercer profesión, porque las consideran mínimas en proporción con los daños provocados en un menor que sufrió abuso sexual.


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